Victorias en Apelaciones de Protección en Acción

VICTORIAS EN APELACIONES EN EL ESTADO DE CALIFORNIA

En una opinión publicada, la Corte de Apelaciones confirmó la decisión del tribunal de primera instancia de negar la moción de las Empresas Demandadas para obligar a arbitraje las reclamaciones del Demandante, ex-empleado, bajo PAGA, sosteniendo que un empleado no puede ser obligado a arbitrar una acción bajo PAGA en base a un acuerdo de arbitraje previo a la disputa. “En resumen, el tribunal [de primera instancia] negó adecuadamente la moción de Icee para obligar a arbitraje la acción de Collie bajo PAGA. El estado —la verdadera parte interesada— no está obligado por el acuerdo previo a la disputa de Collie para arbitrar.” Id. en la pág. 8.

Simultáneamente con la decisión de Collie (arriba), la Corte de Apelaciones confirmó la decisión del tribunal de primera instancia de negar la moción de Icee para obligar a arbitraje las reclamaciones del Demandante, ex-empleado, bajo PAGA, sosteniendo que el estado, como la verdadera parte interesada, no podía estar vinculado por el acuerdo de arbitraje previo a la disputa de Cordova. Como él estaba “simplemente actuando como representante del estado, [era] irrelevante que las reclamaciones de Cordova, de otra manera, estarían sujetas a arbitraje, si hubiera presentado reclamaciones distintas a las de PAGA.” Id. en las págs. 3-4.

Al confirmar la orden del tribunal de primera instancia que negó la moción de la empresa Demandada para obligar a arbitraje la reclamación del Demandante, ex-empleado, por violaciones de salario y horas bajo PAGA, la Corte de Apelaciones determinó que: (1) las partes no acordaron arbitrar las reclamaciones de PAGA del Demandante; (2) incluso si las partes hubieran acordado arbitrar las reclamaciones de PAGA del Demandante, dicho acuerdo sería inaplicable bajo la ley de California; y (3) las reclamaciones de PAGA del Demandante no estaban sujetas a la Ley Federal de Arbitraje (“FAA”).

La Corte de Apelaciones del 1er Distrito revocó la orden del tribunal de primera instancia, sosteniendo que el acuerdo de arbitraje que la empresa Demandada intentaba imponer contra el Demandante, ex-empleado, era nulo e inaplicable debido a su supuesta renuncia al derecho del Demandante a presentar una acción representativa bajo PAGA. Se determinó que el acuerdo de arbitraje en cuestión contenía una cláusula de renuncia a acciones colectivas no separable que, según su redacción, incluía reclamaciones representativas bajo PAGA, a las cuales no se puede renunciar según la ley de California. La Corte de Apelaciones devolvió el caso, instruyendo al tribunal superior emitir una nueva orden que conceda la moción del Demandante para declarar nulo e inaplicable el acuerdo de arbitraje.

La Corte de Apelaciones del 5to Distrito confirmó la orden del tribunal de primera instancia que negó la moción de la empresa Demandada para obligar a arbitraje las reclamaciones de la Demandante, ex-empleada, sosteniendo que la empresa Demandada no logró establecer de manera concluyente que la Demandante hubiera firmado electrónicamente el acuerdo de arbitraje en cuestión. Aunque la empresa Demandada cumplió con su carga inicial de demostrar la existencia de un supuesto acuerdo de arbitraje, la Demandante también cumplió con su carga de presentar pruebas suficientes para cuestionar que hubiera aceptado dicho acuerdo. Finalmente, la Corte de Apelaciones determinó que “la evidencia no tenía un carácter y peso tales como para no dejar lugar a una determinación judicial de que [los demandados] no lograron probar que [Herrera] hubiera firmado electrónicamente el Contrato.”

La División 3 de la Corte de Apelaciones del 4to Distrito confirmó la orden del tribunal de primera instancia que determinó que la Empresa Demandada había renunciado al derecho de obligar al arbitraje de las reclamaciones colectivas del Demandante, ex-empleado. En su opinión publicada, la Corte concluyó que había evidencia clara y convincente que respaldaba la determinación del tribunal de primera instancia de que la conducta del Demandado había renunciado al derecho de arbitrar. Específicamente, la participación del Demandado en el litigio (incluida la obtención de pruebas), su eventual entrada en una estipulación conjunta para mediar y su demora final en presentar su petición para obligar al arbitraje eran inconsistentes con su derecho alegado a arbitrar. La Corte también concedió al Demandante los costos de apelación.

La Corte de Apelaciones del 6to Distrito confirmó la negativa parcial del tribunal de primera instancia a la moción de las Empresas Demandadas para obligar al arbitraje de las reclamaciones salariales y de horas de trabajo de los Demandantes, ex-empleados, que abarcan períodos discretos de empleo estacional. La Corte estuvo de acuerdo en que, si bien los Demandantes estaban obligados por los acuerdos de arbitraje, estos acuerdos sólo cubrían la temporada de empleo durante la cual fueron ejecutados, permitiendo a los Demandantes continuar litigando sus reclamaciones por los períodos de empleo durante los cuales no habían ejecutado acuerdos de arbitraje.

VICTORIAS EN LA CORTE FEDERAL DE APELACIONES

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito confirmó la orden del tribunal de distrito que devolvía la acción colectiva supuesta del ex-empleado Demandante al tribunal estatal, después de que la Empresa Demandada inicialmente trasladara el caso a la corte federal bajo la Ley de Justicia en Demandas Colectivas (“CAFA”), de acuerdo con 28 U.S.C. § 1332(d). El panel de tres jueces sostuvo que el tribunal de distrito no abusó de su discreción al optar por declinar jurisdicción bajo la excepción del estado de origen de CAFA, ya que el tribunal de distrito no se equivocó al encontrar que era más probable que no que más de un tercio de la clase supuesta y los Demandados principales fueran ciudadanos de California.

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Asociado

SUSAN HUERTA

La abogada Huerta es abogada litigante en Protección En Acción. Licenciada como abogada desde 2008, tiene más de 16 años de experiencia legal lidiando con litigios laborales altamente complejos, demandas colectivas, y derechos civiles. Sirviendo a clientes en todo California, la abogada Huerta ha logrado un éxito significativo luchando por los derechos de los empleados que han sufrido graves violaciones de sus derechos, incluyendo discriminación, acoso, disputas de salarios y horas, despido injustificado y más. Una abogada altamente compasiva y agradable, la abogada Huerta realmente se preocupa por los problemas que enfrentan sus clientes y se ha ganado la reputación de ser una defensora incansable que persigue agresivamente los resultados más favorables en nombre de sus clientes. También comprende el estrés y la ansiedad que sienten sus clientes con respecto a sus situaciones, y brinda asesoramiento y apoyo dedicados y efectivos con el mayor cuidado y respeto para ayudarlos a obtener la justicia que merecen. Habla español con fluidez y puede comunicarse directamente con muchas personas que pueden tener dificultades para hablar inglés.

En 2020, la abogada Huerta fue seleccionada como Super Lawyers Rising Star. Ella practica en las áreas de Derecho Laboral y de Empleo, incluyendo Demandas Colectivas, Despido Injustificado, Discriminación, Acoso Sexual / Agresión Sexual, Contratación y Supervisión Negligente y Derechos Civiles. La abogada Huerta está autorizada para ejercer la abogacía en California, en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central y Norte de California y en el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el 9º Circuito.

En su tiempo libre, la abogada Huerta brinda asistencia legal gratuita a mujeres maltratadas y niños inmigrantes no acompañados.

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Asociado

JEFFREY JIMENEZ

Dedicado A Proteger Los Derechos De Los Empleados

Abogado Jeffrey Jiménez es Abogado Asociado Junior de Protección En Acción. Abogado Jeffrey Jiménez se dedica a garantizar que los derechos de los empleados estén protegidos en el lugar de trabajo, específicamente en acciones colectivas y representativas de salarios y horarios. Abogado Jeffrey Jiménez tiene experiencia en otros asuntos laborales, como casos de discriminación, acoso, represalias y despido injustificado. Antes de unirse a tiempo completo, trabajó como asistente legal para Protección En Acción junto con varias otras organizaciones públicas y bufetes de abogados privados en derecho laboral, derecho de educación especial y derecho de inmigración.

El Sr. Jiménez asistió a la Universidad de California, Irvine (UCI), y recibió su título de Doctorado Profeccional en Southwestern School of Law.

Socio General

CARLOS JIMENEZ

Amplia Experiencia y Conocimiento

Como ex socio y copresidente de su grupo de práctica de demanda colectiva nacional en una destacada firma de defensa laboral, el abogado Carlos Jiménez posee una amplia experiencia que utiliza en beneficio de sus clientes. Durante su tiempo como abogado defensor laboral, la práctica del Abogado Carlos Jiménez se centró en defender a los empleadores en demandas colectivas de horas y salarios de California y asuntos de PAGA, y contribuyó a los esfuerzos de los tribunales superiores para optimizar la gestión de casos de demanda colectiva y PAGA. Con esta experiencia y conocimiento únicos, junto con su amplia experiencia en los tribunales estatales y federales, Abogado Carlos Jiménez se dedica a preservar y proteger los derechos de los empleados en el lugar de trabajo.

Abogado Carlos Jiménez asistió a la Universidad de California, Los Ángeles (UCLA), y recibió su Doctorado profesional de la Facultad de Derecho de Loyola. Como mexicano-estadounidense de primera generación, el Sr. Jiménez se crió en una familia de obreros y habla español con fluidez. Abogado Carlos Jiménez está autorizado para ejercer la abogacía en todos los tribunales estatales y federales de California y en el Tribunal de Apelaciones de California.

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